✔ El 7 de diciembre es feriado nacional con fines turísticos.
✔ El 8 de diciembre es el feriado nacional correspondiente a la Inmaculada Concepción de María.
En ambos casos, si el/la trabajador/a debe desempeñar sus tareas laborales durante esos días, los cobrará al 1️⃣0️⃣0️⃣%.