Es la ley ya constitucional de desastres naturales expedida en el gobierno de Santos, después de la inundación del país en esa época (incluida la Sabana de Bogotá) y que llevó a su expedición rápida por el Congreso y pasó la prueba constitucional.
Es esa ley que no se puede atender emergencias cada vez más graves y presentes. Así que su caída como norma repetida en el emergencia es inocuo. No gana usted nada con ello.
No sea irracional en estos temas donde la gente muere por desastres y se empobrece primero es la vida.
Se que tienes grupos de magistrados de tu partido o piensan como tú y que te apoyan irrestrictamente sin importar el estado social de derecho, se que ellos en sus burbujitas de alta sociedad creen que vas a ser la presidenta, eso no lo sé y depende del pueblo. Las encuestas dicen que no.
Pero los funcionarios de las ramas del poder público incluída la justicia, deben dejar de tener prejuicios partidistas políticos y su obligación es el Estado Social de Derecho.
La ley de emergencias naturales contempla las compras de predios en quince días para la reubicación de personas que están bajo el agua, tenga respeto con ellas y priorice a los más desprotegidos. Dejé de defender banqueros y terratenientes improductivos que primero, como dijo San Francisco de Asís, es el último.
La tierra tiene función social como afirma y ordena la constitución de 1991.
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