Al quemar billetes en el avión militar Hércules C-130 siniestrado en la ciudad de El Alto, el gobierno no sólo causó un grave daño económico a los recursos y bienes del Estado sino cometió el delito de destrucción de evidencias fundamentales para la investigación y sancionadas por el Código de Procedimiento Penal, Código Penal, Ley Orgánica del Ministerio Público y Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz.
¿Por qué de manera desesperada y sospechosa el gobierno ordenó la eliminación de pruebas de la tragedia ocurrida el pasado viernes? ¿Qué pretende ocultar? ¿Se iba a destapar un nuevo escándalo de corrupción? ¿Por qué no se custodiaron las evidencias del hecho tal como ordena el Artículo 75 de la Ley del Ministerio Público?.
El rompimiento de la cadena de custodia, la pérdida, alteración o sustitución genera responsabilidad administrativa, civil y penal para el custodio porque la prueba es fundamental para la investigación, el derecho a la verdad y el debido proceso. La policía debió custodiar el lugar del hecho para que no se alteren las huellas, los rastros y el estado de las cosas en vez quemar y destruir la escena.
El Art. 223 del Código Penal establece que “cuando la evidencia es un bien público o está bajo custodia estatal y es destruida”, la autoridad o funcionario que comete ese hecho, merece una condena de hasta 6 años de cárcel. Ley 004 (Marcelo Quiroga Santa Cruz) endurece las penas cuando la destrucción de evidencias busca ocultar daños económicos al Estado.
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