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Los vocales del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y de los Tribunales Electorales Departamentales (TED) deben ser enjuiciados por el delito de prevaricato que cometieron con varias de sus resoluciones contrarias a la ley y basadas en hechos falsos para inhabilitar a candidatos en todo el país, anular siglas y actuar de manera parcializada por sus vínculos familiares y partidarios. La Ley de Fortalecimiento a la Lucha contra la Corrupción (Nº 1390/2021), modificó el artículo 173 del Código Penal e incorporó a las autoridades electorales a los procesos por prevaricato. Dicho artículo, sostiene: “Los Vocales de los Tribunales Electorales, que en el ejercicio de sus funciones dictaren resoluciones manifiestamente contrarias a la Constitución Política del Estado, a la Ley o se fundaren en hechos falsos, serán sancionados con privación de libertad de cinco (5) a diez (10) años.” No solo hay suficiente prueba de los delitos electorales y penales de varios vocales sino de la vulneración a normas internacionales y constitucionales sobre el derecho de los ciudadanos a elegir y ser elegido.

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