2/ La privación artitrara de la libertad y la imposición arbitraria de penas constituyen graves infracciones del Derecho Internacional Humanitario #DIH, de acuerdo con el Artículo 3 Común de los Convenios de Ginebra, que rige para los conflictos no internacionales.
Ningún Grupo Armado No Estatal puede privar de libertad o imponer sentencias.
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